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Los animales también tienen derechos: Día Internacional de los Derechos de los Animales

Sin duda, cualquier ser vivo merece ser respetado y tener unos derechos que aseguren su bienestar, sea de la especie que sea. Aunque cada vez más parte de la población es consciente de que los animales son seres sintientes y, en el caso de los animales domésticos, se les trata como a uno más de la familia, aún es demasiado frecuente leer noticias bastante desagradables respecto a los animales, así que… ¿Qué te parece si repasamos sus derechos fundamentales? Derecho a la libertad, derecho a que sus necesidades básicas estén cubiertas, a preservar sus hábitats, a que nadie les cause dolor,… ¡Vamos a ello!

Declaración Universal de los Derechos de los Animales

El origen de la legislación en materia de derecho animal se remonta a septiembre de 1977, momento en el que la Liga Internacional de los Derechos del Animal y las Ligas Nacionales afiliadas celebran una reunión en Londres, en la que se redacta la Declaración Universal de los Derechos de los Animales. Este documento se proclamó oficialmente el 15 de octubre de 1978 en París, ante la presencia de representantes de 14 países, entre ellos España.

Aún así, esta Declaración no tiene valor jurídico, pero sí ha servido internacionalmente para establecer la base de la legislación sobre bienestar animal, ya sea a nivel estatal, autonómico, municipal, etc. Este documento está formado por 14 artículos en los que se proclaman los derechos básicos de los animales, con el fin de salvaguardar cada una de sus necesidades y animar a los países a legislar en protección animal.

El Día Internacional de los Derechos de los Animales no se celebra desde el momento de la creación de esta Declaración, si no que es posterior. Diversas organizaciones y asociaciones de protección animal crearon este día en 1997, con el fin de concienciar a la población y a los estados de la necesidad de difundir y hacer cumplir los derechos de los animales. Es habitual que se aproveche esta fecha para realizar manifestaciones a favor de los derechos de los animales y, así poco a poco, ir creando una sociedad más tolerante y respetuosa con los animales. Por suerte, en los últimos años ha habido avances en materia de protección animal, prohibición de algunos festejos en los que se utilizaban animales, se han establecido mejoras de las normas de bienestar animal en cuanto a los animales de producción, etc. Poco a poco, seguro que avanzamos hacia una sociedad mejor, ¿no crees?

Los artículos de la Declaración

Como os comentábamos, la Declaración Universal de los Derechos de los Animales consta de 14 artículos, los cuáles podéis leer a continuación:

Artículo 1º

Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo 2º

a) Todo animal tiene derecho al respeto.

b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.

c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo 3º

a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.

b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo 4º

a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.

b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

Artículo 5º

a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.

b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles, es contraria a dicho derecho.

Artículo 6º

a) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero, tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.

b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo 7º

Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo 8º

a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como toda otra forma de experimentación.

b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo 9º

Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo 10º

a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.

b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo 11º

Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo 12º

a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.

b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo 13º

a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.

b) Las escenas de violencia en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

Artículo 14º

a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales, deben ser representados a nivel gubernamental.

b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la Ley, como lo son los derechos del hombre.

Como veis, a lo largo de estos artículos se hace un recorrido por varios aspectos: el abandono de nuestros compañeros animales, el bienestar de los animales destinados a producción animal y los animales de experimentación, la conservación de los animales salvajes, la pérdida de dignidad cuando son animales utilizados para festejos, el respeto por los animales fallecidos,…

Si analizas todos estos puntos, seguro que te das cuenta de que aún queda mucho por avanzar para que se haga realidad, y los animales tengan el respeto y la vida que merecen, pero debemos ser positivos, y también pensar que hoy en día se les quiere y cuida más que hace 100 años, así que… ¿apostamos por un futuro mejor para ellos? ¡Sin duda!

Los animales son como nosotros: sienten emociones, pasan hambre, sed, experimentan dolor, cuidan de su familia, necesitan un hogar o hábitat acorde a su especie donde desarrollarse como individuo,… Nosotros también somos animales, solo que con unas necesidades y habilidades diferentes, es lo bonito de la diversidad, pero todos, humanos y otros animales, necesitamos gozar de respeto y derecho a una vida digna.

¿Qué os ha parecido la Declaración Universal de los Derechos de los Animales? ¿La conocíais? ¿Crees que debería ampliarse y tener en cuenta más aspectos? ¡Cuéntanos!